Luego de varios meses de disputa en la Justicia, el ex futbolista Carlos Tevez recibió este martes un revés judicial y deberá pagar el Impuesto a la Fortuna establecido por el Congreso durante la pandemia.
Lo decidió el juzgado Contencioso Administrativo Federal 5, en relación al pedido de Tevez relacionado a que "el cobro de dicho impuesto era confiscatorio".
"Cuando la pretensión cautelar se intenta contra la Administración Pública es menester demostrar prima facie -y sin que ello implique un prejuzgamiento de la cuestión de fondo-, la manifiesta arbitrariedad del acto cuestionado, dado el rigor con que debe apreciarse la concurrencia de los supuestos que la tornan admisible", señaló el fallo al respecto.
En ese sentido, y entre los fundamentos, el Juzgado recordó que "la procedencia de las medidas cautelares se halla condicionada a que se acredite la apariencia o verosimilitud del derecho invocado por quien las solicita, y el peligro en la demora, que exige que la probabilidad de que la tutela jurídica definitiva que la actora aguarda de la sentencia a pronunciarse en el proceso principal iniciado o a iniciarse, no pueda, en los hechos, realizarse, es decir, que a raíz del transcurso del tiempo los efectos del fallo final resulten prácticamente inoperantes".
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En su reclamo, cabe destacar, el ex Boca Juniors había fundamentado que "el cobro de dicho impuesto era confiscatorio, dado que el aporte que debía realizar representaba una incidencia del 200,40% de sus rendimientos percibidos del año 2020, es decir, absorbiendo el equivalente a la renta obtenida en dos ejercicios anuales completos".